UN INFORME OFICIAL REVELA ENORMES INCOSISTENCIAS EN EL MANEJO DEL FONDO DE CONSERVACION DE LOS BOSQUES NATIVOS (RIP).
La Ley 26.331 o “de Bosques” resultó ser un fracaso porque, tal como fue diseñada, nunca se pudo aplicar de manera integral y promovió una gestión de recursos públicos poco eficiente y que no terminó de cumplir con el objetivo propuesto.
La normativa –que comenzó a regir de manera efectiva en 2010– dispuso la creación de un Fondo de Conservación de los Bosques Nativos, que posteriormente pasó a constituirse en un fideicomiso (Fobosque), cuyo propósito era compensar a las provincias y a los propietarios de campos que, debido al ordenamiento territorial establecido en cada jurisdicción, no pudiesen usufructuar el territorio en cuestión.
Es decir: la norma reconocía el lucro cesante originado en la exigencia –producto de un ordenamiento territorial– de conservar un sector que, de otra manera, podría tener un fin productivo, turístico o recreativo. Con la disolución del Fobosque instrumentada este año por el presidente Javier Milei se terminó de liquidar a una legislación que ya venía muriendo desde el primer día de vida.
Una auditoría del Fobosque realizada este año por la Sindicatura General de la Nación (Sigen), correspondiente a los últimos dos años, indica que “no ha habido un período donde el presupuesto asignado por el Congreso nacional se correspondiera con lo que expresamente la norma establece”. Es decir: la norma fue violada sistemáticamente desde el inicio al no conformar el fondo correspondiente para poder indemnizar a los propietarios y las provincias.
Lo más ridículo es que el fondo no sólo se conformaba con montos que no superaban el 5% del valor total exigido por la normativa, sino que lo poco que se tenía no se distribuía en su totalidad, lo que generaba excedentes que se gestionaban de manera inadecuada.
La ejecución de los fondos disponibles del fideicomiso –saldos iniciales de efectivo e inversiones temporarias más los aportes del Tesoro nacional– fue del 49% en 2022 y del 63% en 2023.
“La colocación de los excedentes financieros temporarios no logró preservar su poder adquisitivo ante el efecto inflacionario del período analizado. En los estados contables por los ejercicios 2022 y 2023 se pueden observar significativas pérdidas por este concepto que generan un resultado negativo del fideicomiso en ambos períodos”, resalta el informe de la Sigen.
También se detectó “inexistencia de informes de gestión, estadísticas e indicadores que permitan mensurar las acciones desarrolladas por el fiduciario”, además de “deficiencias en los registros utilizados que dificultan el seguimiento de las actuaciones”. Otra falencia indicada es un déficit de capacidad institucional de las autoridades provinciales para evidenciar la efectiva aplicación de los fondos recibidos.
Al respecto, se encontró una “ausencia de cuenta específica para recibir los fondos del Fondo Nacional de Conservación de los Bosques Nativos por parte de las autoridades locales, lo cual impide realizar un adecuado seguimiento y control de los fondos en cuestión”. Es decir: muchas transferencias se hacían a cuentas generales y entraban en un “agujero negro” imposible de rastrear posteriormente.
Los auditores descubrieron además demora en la transferencia de los fondos a beneficiarios por parte de los gobiernos provinciales, así como rendiciones de fondos pendientes tanto de las provincias como de los particulares beneficiarios de las transferencias.
Otro inconveniente es que la mayor parte de los ordenamientos territoriales provinciales se encuentran vencidos y con la actualización pendiente. “No se cuenta con informes de gestión, estadísticas e indicadores del fideicomiso Fobosque. Estos instrumentos o mecanismos resultan necesarios para evaluar en qué medida se cumplen con los objetivos establecidos para el fondo”.
“Consultado a BICE Fideicomisos S.A informó que contractualmente no está contemplada la emisión de informes de gestión, estadísticas e indicadores dentro de las obligaciones de este fiduciario”. Vale remarcar que el BICE recibió importantes transferencias en concepto de honorarios fiduciarios de administración.
Con respecto a la distribución de los fondos por provincia –los cuales, vale remarcar, son insignificantes con respecto a los establecidos en la normativa–, tampoco parece claro el criterio, dado que se observan importantes inequidades entre jurisdicciones.
El informe es contundente y no deja dudas de que la Ley 26.331, tal como fue diseñada, es inaplicable en una nación como la Argentina, ya sea por falta de recursos económicos, excesiva burocracia y desarticulación entre jurisdicciones provinciales y nacionales.
Con una “Ley de Bosques” ya virtualmente liquidada –no sólo por Milei, sino por la evidencia misma de lo ocurrido desde el nacimiento de la misma–, sólo queda instrumentar una nueva norma que, esta vez, sea acorde a los recursos y las capacidades disponibles.
Lo ideal es que la nueva norma contemple todas las dimensiones de la sostenibilidad –social, económica y ambiental– y que no excluya al humano como factor de conservación, dado que ese error luego se paga con calamidades, como es el caso de los megaincendios, que luego se cobran vidas y generan daños económicos enormes, además de la destrucción del ecosistema.
Una legislación puede considerarse como tal si cumple con el propósito para la cual fue creada y, si no es el caso, entonces se transforma en una herramienta disfuncional. Esperemos que no sea el caso de la nueva normativa por crear.