AMPLIARON EL LISTADO DE PRODUCTOS DE LAS ECONOMIAS REGIONALES INCLUIDOS EN EL PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR.

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Las mercaderías que se incorporan son productos derivados de cadenas de hortalizas (frescas, congeladas y conservadas), preparaciones alimenticias para animales, frutas frescas, entre otros.

El Ministerio de Economía amplió el listado de los productos de las economías regionales alcanzadas por el Programa de Incremento Exportador (PIE).

El dólar agro establece un tipo de cambio diferencial temporal de $300 por dólar hasta el 31 de octubre.

A través de la resolución 160/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial incorporó los siguientes productos:

Productos derivados de cadenas de hortalizas (frescas, congeladas y conservadas)

-Preparaciones alimenticias para animales

-Frutas frescas y sus productos derivados

-Carne ovina

-Salvados y moyuelos proveniente de la molienda de cereales

-Semillas hortícolas y de otras especies

La semana pasada, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación incorporó al Programa de Incremento Exportador a las siguientes producciones regionales: sorgo, cebada forrajera, girasol, y sus subproductos.

Asimismo, anteriormente, mediante la Resolución 147/2023, estableció los requisitos para que nuevas economías regionales se sumen al Programa de Incremento Exportador: manzana, pera, naranja, mandarina, pomelo, arroz, kiwi, cebolla, aceites esenciales, quínoa, lino, coriandro, orégano, pimiento para pimentón, manzanilla y árboles, arbustos y matas, frutas u otros frutos comestibles, incluso injertados.

Mediante la resolución 138/2023 se incluyó a las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, como así también de la producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón, frutas -tales como la cereza, la ciruela y el arándano- y productos especiales que se destinan al mercado externo casi con exclusividad como el maíz pisingallo, el girasol confitero y los productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos debidamente certificados y autorizados por el organismo competente.

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