EL GOBIERNO HABILITO LA ENTREGA DE TIERRAS DEL ESTADO A LOS PRODUCTORES DE LA AGRICULTURA FAMILIAR.

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Así lo dispuso en la reglamentación de una ley para la actividad; se hará con bienes de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE).

El Gobierno dispuso que se puedan destinar tierras rurales en manos de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) para productores de la agricultura familiar. Según lo estipulado en el decreto 292/2023, conocido hoy y que reglamenta la ley N° 27.118, el artículo 16 del anexo establece que la AABE “informará gradual, progresivamente, y de común acuerdo al Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (Inafci), ambos organismos descentralizados actuantes en órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, acerca de todos aquellos inmuebles rurales que por sus características específicas y técnicas sean aptos y se encuentren disponibles en el marco del Régimen de Reparación Histórica y procederá en caso de requerirlo el citado Instituto Nacional Inafci, a su asignación en uso al Banco de Tierras para la Agricultura Familiar”.

El banco surgió “con el objetivo de contar con tierras aptas y disponibles para el desarrollo de emprendimientos productivos de la agricultura familiar, campesina e indígena”.

Vale recordar que la ley, llamada de “Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina”, había sido sancionada el 17 de diciembre de 2014 y promulgada al mes siguiente, pero desde entonces no había sido reglamentada. Ahora quedaron varios artículos sin reglamentar.

En el decreto se define como “zona rural” aquella que tiene una baja densidad de población y donde la principal actividad económica es la agropecuaria, a diferencia de la “zona urbana”, donde hay una mayor concentración de habitantes y las actividades económicas están orientadas a la industria o los servicios. Por ende, se considerará “tierras rurales” a todos los terrenos ubicados fuera del área urbana, sin importar su localización o destino.

El Inafci será responsable de “impulsar el pertinente decreto para la afectación de los bienes inmuebles que asigne la referida AABE al “Banco de Tierras para la Agricultura Familiar”. Asimismo, de detalla que todas las donaciones serán aceptadas por la AABE, que procederá a asignar su uso al Inafci para su incorporación al mencionado banco.

Tal como se indicó, la AABE también informará gradualmente al Inafci sobre las tierras rurales incluidas en la ley, que hayan sido incorporadas al patrimonio estatal desde la entrada en vigencia de la ley Nº 27.118. Se indicará su estado de afectación y disponibilidad para su posterior asignación al Inafci, según la metodología acordada.

Advertencia

Para Carlos Achetoni, presidente de Federación Agraria Argentina (FAA), si lo dispuesto se aplica ” bien es positivo”. No obstante, advirtió: “Debemos generar las instancias para que hijos de productores y quien se quiera dedicar a la producción puedan acceder a la tierra de manera digna, sin usurpaciones y en un plan de pago de la misma de manera accesible”.

Por otro lado, agregó: “Ojalá sea como en Uruguay que tiene un banco y políticas de tierras, donde se dan en un módico arriendo con un análisis y precalificación para arrendar y luego de unos años están en condiciones de acceder a la propiedad del inmueble”.

Según se detalla en el decreto, el Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar”se creó “con la finalidad prioritaria de incrementar la productividad, seguridad y soberanía alimentaria y de valorizar y proteger al sujeto esencial de un sistema productivo ligado a la radicación de la familia en el ámbito rural, sobre la base de la sostenibilidad medioambiental, social y económica”.

LA NACION.-

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